El Boletín Oficial de Cantabria (BOC)
publica hoy la orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y
Alimentación por la que se regula el sistema de identificación y
registro de ganado bovino en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Con su publicación se habilita un nuevo
sistema de identificación y registro para estos animales, que entrará en
vigor a partir del día 2 de agosto y que facilita la entrada de nuevos
agentes como las empresas intermediarias y también, a través del Portal
Ganadero, el veterinario de explotación o los propios ganaderos que lo
soliciten.
Con este sistema, se autoriza al
ganadero a comprar directamente del fabricante homologado los crotales
que precise utilizar a lo largo de un año para los animales nacidos en
su explotación.
Así mismo, el ganadero podrá imprimir el
Documento de Identificación Bovino (DIB), una vez haya registrado los
datos del nacimiento en la base de datos RIIA. Todo ello, compra de
crotales e impresión del DIB, requerirá previamente alta del usuario que
quiera hacer uso de este sistema en el Portal Ganadero, recayendo sobre
él todos los gastos derivados del proceso.
También será posible contar con los
servicios del veterinario de explotación o de un veterinario autorizado
quien, a través del Portal Ganadero, podrá llevar la identificación y
registro de una explotación ganadera como gestor o representante de la
misma.
Por último, los ganaderos podrán seguir
utilizando, como hasta ahora, los servicios de una empresa especializada
que se haga cargo de la identificación y registro de sus animales, con
la novedad de que estos servicios se abren a la competencia, en un
sistema de libre mercado regulado, donde dichas empresas especializadas
requerirán la autorización previa para operar.
Para garantizar la seguridad y
coherencia del sistema se establece una incompatibilidad entre las
distintas opciones, de modo que el ganadero que opere por sí mismo o
elija contratar los servicios del veterinario de explotación, con acceso
exclusivo a través del Portal Ganadero, no podrá utilizar los servicios
de una empresa intermediaria de identificación, con acceso remoto
privilegiado al sistema informático.
Como cierre del sistema, el ganadero
también podrá contar con el servicio que prestan las oficinas comarcales
de la Consejería de Medio Rural para imprimir el DIB o solicitar
duplicados, si bien, en este caso, estará condicionado al pago de la
tasa correspondiente en concepto de tramitación.
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