CARGAS GANADERAS SEGÚN LAS AYUDAS

 UGAM-COAG.

Desde la consejería, se ha informado a UGAM-COAG  de las cargas ganaderas necesarias para el cumplimiento de las siguientes ayudas y cómo se va a aplicar:

Ecorrégimen con práctica de Pastoreo extensivo

- Ayuda que contempla el pastoreo tanto en recintos privativos como en comunales. 

-Se debe cumplir una carga ganadera mínima de 0,4 UGMs/ha. y una carga máxima de 2 UGMs/ha.

-La carga ganadera se calculará en base a las UGMs comprobadas en los CEAs asociados a los recintos solicitados para la ayuda. Para ello se establecen 8 fechas para la comprobación, que se corresponden con el día 1 de cada mes entre marzo y octubre (1 marzo, 1 abril, ...hasta 1 octubre).

- La carga ganadera será el promedio de las UGMs totales comprobadas de todos los CEAs asociados al pastoreo, entre las 8 fechas, y dividido a su vez por la superficie solicitada para la ayuda.

- En los CEAs en los cuales no se encuentren animales en ninguna de las 8 fechas se entenderá que no ha habido pastoreo y, por tanto, se descontará la superficie de los recintos solicitados para la ayuda asociados a ese CEA/CEAs.

Ecorrégimen con práctica de Islas de Biodiversidad

- La carga ganadera se efectuará solo cuando se haya marcado como actividad de mantenimiento a partir del 31 de agosto la práctica de pastoreo.

- Cálculo carga: las fechas de cálculo serán el 1 de septiembre y el 1 de octubre.

- La superficie a considerar: la superficie a considerar será la superficie total que se declare en este ecorregimen con actividad agraria pastoreo, no solo el porcentaje del 7% que se deja sin segar.

AYUDA VIGILANCIA PASTOREO EN COMUNAL

(MANTENIMIENTO O MEJORA DE HÁBITATS Y ACTIVIDADES AGRARIAS TRADICIONALES QUE PRESERVEN LA BIODIVERSIDAD)

-Se calcularán los días de pastoreo, en cada comunal comprometido/solicitado, con las especies con las que el interesado se comprometió a realizarlo (bovino/equino u ovino/caprino) con indicación de si cumple el periodo mínimo establecido (45 días).

- Se calculará, por cada comunal, la carga ganadera mínima y máxima (promedio de la carga ganadera de todos los días de pastoreo efectivo). Carga mínima en cada comunal: 0,5 UGM/Ha. Carga máxima en cada comunal: 2 UGM/ Ha.


CONDICIONES DE LA AYUDAS AL COMUNAL

• El desplazamiento a los comunales será por un periodo de al menos 45 días de forma continua o discontinua entre el 1 de enero y el 31 de octubre del año de la solicitud.

• Carga ganadera mínima de 0.5 UGMs/ha. y  máxima de 2 UGMs/ha sobre el total de la superficie adjudicada en el mismo recinto comunal (o en cada comunal).

• JUSTIFICACIÓN:

  **FOTOS GEOREFERENCIADAS:(OBTENER CLAVE EN LA OFICINA COMARCAL).

-Sacar 4 mínimo durante el periodo de pastoreo en el comunal, realizadas con una semana de diferencia o más entre ellas.

- Tienen que hacerse en el comunal exacto asignado por la Junta Vecinal o en el Ayuntamiento.

- Los solicitantes pueden acceder con su usuario/contraseña desde el Portal Ciudadano de SGA para adjuntar allí las fotos georeferenciadas. La clave y contraseña se podrá obtener en la oficina comarcal, junto con la SGAApp, para poder hacer las fotos georeferenciadas directamente.

 **COLLARES GPS: registro informático de la ubicación geográfica de los animales a través del uso de collares GPS, que permita demostrar la permanencia efectiva del ganado en el mismo y en las zonas matorralizadas o en riesgo de matorralización. 

Si no se cumple la carga ganadera mínimo previsto de 0,5 UGM/hectárea, el número de hectáreas con derecho a la ayuda será aquel con el que, para el número de UGM en pastoreo de esa explotación, se hubiera alcanzado finalmente dicha carga.

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