RESUMEN DE LA AYUDA DE LOS 20 CÉNTIMOS EN CARBURANTES Y DE LOS FERTILIZANTES

**La ayuda a fertilizantes se tramitará de oficio por el Ministerio, según los datos de la PAC 2022 y sólo afectará a tierras de cultivo, que no sean praderas. La superficie mínima para el cobro será de 9 Has. Los pastos no cuentan.
**En hidrocarburos, los 20 céntimos al gasóleo agrícola se aplican a las facturas del 2022, cuando se solicite la devolución del Impuesto de Hidrocarburos, que UGAM empezará a tramitar a partir del 1 de julio, como en años anteriores.

UGAM-COAG.
El pasado 28 de diciembre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el real decreto-ley de medidas para atajar las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Estas medidas contemplan (entre otras) ayudas para hacer frente al aumento del precio de los fertilizantes y el gasóleo.

A continuación se destacan las que más pueden influir a los ganaderos de Cantabria:

CARBURANTE AGRARIO

-De la ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el gasoil agrario, serán beneficiarios las personas o entidades a las que se les reconozca el derecho a la devolución de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos.

- El importe de la ayuda es de 0,20 euros el litro de gasoil, ADQUIRIDO EN 2022, y destinado sólo a uso agrario por el que el beneficiario obtenga la devolución de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos.

- Se considera solicitada la ayuda con la presentación de la solicitud de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, que EN UGAM TRAMITAMOS A PARTIR DEL 1 DE JULIO, tras finalizar la campaña de la declaración de la renta.

FERTILIZANTES

En el caso de los fertilizantes, los beneficiarios son las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas que han sido elegibles para el cobro de las ayudas directas de la PAC en la campaña 2022, que cuenten con cultivos permanentes y superficies de tierras de cultivo en dicha campaña.
IMPORTE DE LA AYUDA.-
El número de hectáreas de cada beneficiario se determinará de oficio por MAPA, y
corresponderá a la superficie determinada de cultivos permanentes y de tierras de cultivo, excluidas las tierras de barbecho y los pastos temporales, que se haya establecido para el cobro en la campaña PAC-2022.
La cuantía total máxima de la ayuda se concederá por hectárea elegible, con los siguientes importes máximos:
a) Superficie de secano: 22 euros por hectárea.
b) Superficie de regadío: 55 euros por hectárea.
No se concederán ayudas cuando el importe a percibir resulte inferior a los 200 euros (menos de 9 hectáreas).
Asimismo, se concederán hasta un máximo de 300 has por beneficiario, priorizando la superficie en regadío.
La superficie será la declarada en la solicitud única 2022 y determinada tras los controles pertinentes.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.- NO SE PRESENTA SOLICITUD, EL FEGA PUBLICARÁ LOS BENEFICIARIOS
a) El FEGA publicará en su sede electrónica (https://www.sede.fega.gob.es/) la cuantía
provisional de la ayuda, relación de beneficiarios, hectáreas, etc.
b) Los beneficiarios que no deseen la ayuda dispondrán de un plazo de diez días hábiles desde la publicación para rechazar la ayuda.
c) Los beneficiarios, o aquellos interesados que no figuren en la relación, dispondrán del mismo plazo para alegar.
d) Posteriormente se procederá a la concesión de las ayudas, así como a su pago en la cuenta señalada en la solicitud única de la PAC del año 2022. La resolución se publicará en la web del FEGA.









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