Publicada la resolución de la ayuda excepcional del conflicto bélico en Ucrania para la campaña 2022

  UGAM-COAG.

Os informamos de la publicación de  la resolución provisional de la ayuda al ganado de carne del Ministerio para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania.

Se adjunta orden con la tabla de beneficiarios provisionales, para comprobar si la ayuda está CONCEDIDA O DENEGADA.

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=374936

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RECHAZADAS VACA NODRIZA
RECHAZADAS OVINO-CAPRINO
TODAS VACA NODRIZA
TODAS OVINO Y CAPRINO
TODAS CEBO

Los ganaderos/as que aparecen como no aceptado/as o si  existe algún error (aparecen rechazados, varía el N.º de animales, …), disponen de un plazo de 10 días hábiles. VIERNES 19 DE AGOSTO, para hacer alegaciones.

LAS RAZONES POR LAS QUE SE HA PODIDO DENEGAR A AYUDA SON LAS SIGUIENTES:

Los requisitos para el cobro de la ayuda son:
Animales subvencionables
Salvo en jóvenes y cambios de titularidad, los animales subvencionables son los de la PAC de 2021, tanto en ovino, caprino, cebo, como para vacuno de carne.
1. A los efectos de determinar el número de animales con derecho a ayuda de los productores titulares de explotaciones de vacuno de carne, ovino y caprino de carne, beneficiarios de estas ayudas según lo previsto en el artículo 3.1:
a) Se considerarán los animales elegibles, en relación a la solicitud única de ayudas de la PAC del año 2021, conforme a lo indicado en el apartado 1.d) del artículo 3 de este real decreto.
b) En los casos de cambios de titularidad de la explotación ganadera que hayan tenido lugar antes del final del periodo de modificación de la solicitud única de 2022 se considerarán como animales subvencionables los animales determinados en 2021 del anterior titular.
c) En el caso de jóvenes ganaderos, y de ganaderos que comiencen su actividad, según la definición del apartado 9 del artículo 58 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, siendo la solicitud única de 2022 aquella en la que se solicitan por primera vez alguna de las ayudas asociadas a la ganadería, los animales con derecho a cobro de los titulares de explotaciones beneficiarios de las ayudas previstas en este real decreto serán:
1.º Los animales elegibles a efectos de la ayuda asociada a las explotaciones que mantienen vacas nodrizas presentes en la explotación a fecha 30 de abril de 2022.
2.º Los animales elegibles presentes en la explotación según la última declaración censal disponible a fecha 30 de abril de 2022 en el ovino y caprino.
3.º Los animales elegibles que cumplan los requisitos para percibir la ayuda asociada a los terneros cebados en otra explotación conforme a lo previsto en la sección 3.ª del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sacrificados o exportados antes del 30 de abril de 2022.



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