Ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes y la modernización de las explotaciones agrarias en Cantabria en el año 2022
Os informamos de la reciente publicación de las ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes y la modernización de las explotaciones agrarias en Cantabria en el año 2022.
El plazo de presentación finaliza el 15 de noviembre del 2022.
REQUISITOS AYUDA PRIMERA INSTALACIÓN DE JÓVENES
- Los beneficiarios deberán acreditar, antes del primer plazo de pago de la ayuda, capacitación profesional suficiente en el momento de la instalación o comprometerse a adquirirla en un plazo máximo de 36 meses contados a partir de la fecha de justificación de la ayuda.
- Estar de alta en el Sistema Especial para trabajadores por cuenta propia agrarios del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Alta censal en Hacienda (modelo 036 ó 037).
- Cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales del Anexo XI.
- Instalarse en una explotación que requiera un volumen de trabajo equivalente a una UTA (modalidad A) o a media UTA (modalidad B) conforme al Anexo VIII o comprometerse a alcanzar dicho volumen en un plazo de dos años desde su instalación.
- Alta en el registro de explotaciones ganaderas (REGA) y/o agrícolas (REA) con fines lucrativos.
- Resto de condiciones específicas de la forma de instalación que se recogen en el capítulo II de la Orden MED/44/2016 reguladora de las bases según la modalidad de incorporación.
REQUISITOS AYUDA MODERNIZACIÓN EXPLOTACIONES AGRARIAS
- En el momento de la presentación de la solicitud, ser titular de una explotación agraria radicada en Cantabria y cumplan la condición de agricultor activo en los términos del Reglamento (UE) nº 1307/2013,
- Presentar un plan de mejora.
- Acreditar alta censal en Hacienda (modelo 036 ó 037).
- Alta en el Sistema Especial para trabajadores por cuenta propia agrarios del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente del Anexo XI, higiene y bienestar de los animales.
- Condición de agricultor profesional.
- Capacitación profesional.
- Viabilidad económica.
- El resto de requisitos específicos del capítulo III de la Orden MED/44/2016 reguladora de las bases de esta ayuda.
Para más información sobre esta ayuda, consultar el siguiente enlace:
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