CONVOCADAS LAS AYUDAS PARA ACTUACIONES DIRIGIDAS A LA PREVENCIÓN DE DAÑOS POR LOBO IBÉRICO Y OSO PARDO 2022

  • Plazo de presentación: 15 días hábiles (desde 11 de enero al 31 de enero)
  • La solicitud deberá tramitarse a través de la Oficina Comarcal

UGAM-COAG.
Os informamos de la publicación hoy en el Boletín Oficial de Cantabria de la convocatoria a las subvenciones para actuaciones dirigidas a la prevención de daños producidos en la ganadería y en la apicultura por lobo ibérico y oso pardo en Cantabria para el año 2022.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

a) Protección de colmenares mediante instalación o mantenimiento de cerramientos o mallas
electrificados según la metodología establecida en la ficha Técnica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para la protección de colmenares: interacciones deloso pardo (Ursus arctos).
- Red o malla electrificada de 1,5 metros de altura clavada en el suelo mediante postes de plástico; la malla se conecta con un energizador con batería recargada con panel fotovoltaico con un voltaje de salida media de 9,2 kV.
- Cerramiento electrificado cerrado de 5 cables de acero o aluminio (con diámetro de 2 mm cada cable) mediante postes, siendo los 2 centrales los que actúan como tierras para asegurar una toma de tierra correcta en suelos con poca o nula humedad. El primero se sitúa a 25 cm del suelo, el segundo, a 50 cm, el tercero, a 80 cm, el cuarto a 1,1 m y el quinto, a 1,5 m. Se alimenta, como en el caso anterior, con un energizador con batería recargada con panel fotovoltaico con un voltaje de salida media de 9,2 kV.
b) Mantenimiento de perros mastines para la defensa del ganado bovino, equino, ovino y caprino.
c) Construcción o reparación de cercados para la defensa de ganado bovino, equino, ovino y caprino según la metodología establecida en las fichas técnicas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
La cuantía de la subvención por solicitante en ningún caso superará los siguientes límites, establecidos en función del tipo de actuación subvencionada:
a) Protección de colmenares mediante instalación o mantenimiento de cerramientos o mallas electrificados: 1.000 euros.
b) Mantenimiento de perros mastines para la defensa del ganado bovino, equino, ovino y caprino: 300 euros por mastín hasta un máximo de 5 mastines según la siguiente relación:
— 1 mastín por explotación para explotaciones de ganado ovino y/o caprino de entre 50 y 150 cabezas.
— 1 mastín por explotación para explotaciones de ganado bovino y/o equino de entre 15 y 50 cabezas.
— 1 mastín mas por cada 50 cabezas más de ganado ovino y/o caprino y por cada 25 cabezas de ganado bovino y/o equino.
c) Construcción o reparación de cercados para la defensa de ganado bovino, equino, ovino y caprino: 3.000 euros.

CRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN
1. Para la evaluación de las solicitudes recibidas, se establecerá un baremo que atenderá necesariamente a los siguientes criterios:
a) Actuaciones promovidas por ganaderos y/o apicultores a título principal.
b) Actuaciones dentro de municipios con mayor incidencia de daños causados por estas especies.
c) Actuaciones llevadas a cabo por ganaderos y apicultores jóvenes.
2. Considerando los criterios descritos en el punto anterior, la baremación de las solicitudes presentadas se realizará de la siguiente manera:
a) Ganadero y/o apicultor a título principal (criterio de comprobación de la solicitud única): 5 puntos.
b) Actuaciones dentro de municipios con mayor incidencia de daños causados por estas especies según la relación recogida en la Convocatoria de ayudas: 5 puntos.
c) Haber sufrido daños acreditados causados por oso y/o lobo durante los últimos 18 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda: 5 puntos.
d) Que el titular de la explotación a fecha de solicitud cumpla el criterio de agricultor joven
y no lleve más de 5 años instalado desde la fecha de la solicitud de la ayuda: 2 puntos.
e) Ser titular de una explotación ecológica: 1 punto.
f) Explotaciones cuyo titular sea una mujer o estén inscritas en el registro de titularidad compartida: 1 punto.
g) Ser titular de una explotación situada en Red Natura 2000: 1 punto.
2. La justificación se referirá al importe total de la actuación y no al importe de la subvención recibida ni solicitada.
3. Para la justificación se presentará ante la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente la siguiente documentación:
a) Memoria de las actividades realizadas.
b) Ofertas de diferentes proveedores solicitadas para los casos que se establezca en la convocatoria.
c) Certificado del tesorero/a de la Entidad, Empresa o Asociación, o de la persona física, que incluya una relación de las facturas, conforme a lo estipulado en la convocatoria, correspondientes a los gastos realizados con la ayuda concedida, indicando concepto del gasto, fecha, número de factura, nombre y NIF del expedidor-proveedor y el importe de las mismas.
d) Facturas originales y copias compulsadas correspondientes, y comprobantes de pago, excepto en los casos de actuaciones subvencionadas por el artículo 2.1.b) relativo al mantenimiento de perros mastines para la defensa del ganado que consistirá en justificante del alta en el RACIC de cada ejemplar para el que se solicite la ayuda. La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente extenderá diligencia en las facturas originales haciendo constar su vinculación a la subvención concedida.




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