PRÓXIMA PUBLICACIÓN EN EL BOC DE LA AYUDA PARA ACTUACIONES DIRIGIDAS A LA PREVENCIÓN DE DAÑOS PRODUCIDOS POR LOBO IBÉRICO Y OSO PARDO



UGAM-COAG.
Os informamos que recientemente se han publicado en el BOC las bases de la ayuda para las actuaciones dirigidas a la prevención de daños producidos por el lobo ibérico, así como el oso pardo, en Cantabria. Se prevé que se publique la orden próximamente.

Actuaciones subvencionables.
a) Protección de colmenares mediante instalación o mantenimiento de cerramientos o mallas electrificados según la metodología establecida en la ficha Técnica del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico para la protección de colmenares: interacciones del oso pardo.
b) Mantenimiento de perros mastines para la defensa del ganado bovino, equino, ovino y
caprino.
c) Construcción o reparación de cercados para la defensa de ganado bovino, equino, ovino y
caprino según la metodología establecida en las fichas técnicas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Cuantía:
La cuantía de la subvención por solicitante en ningún caso superará los siguientes límites, establecidos en función del tipo de actuación subvencionada:
a) Protección de colmenares mediante instalación o mantenimiento de cerramientos o mallas
electrificados: 1.000 euros.
b) Mantenimiento de perros mastines para la defensa del ganado bovino, equino, ovino y
caprino: 300 euros por mastín hasta un máximo de 5 mastines según la siguiente relación:
— 1 mastín por explotación para explotaciones de ganado ovino y/o caprino de entre 50 y
150 cabezas.
— 1 mastín por explotación para explotaciones de ganado bovino y/o equino de entre 15 y
50 cabezas.
— 1 mastín más por cada 50 cabezas más de ganado ovino y/o caprino y por cada 25 cabezas de ganado bovino y/o equino.
c) Construcción o reparación de cercados para la defensa de ganado bovino, equino, ovino
y caprino: 3.000 euros.

Criterios generales de valoración:
Para la evaluación de las solicitudes recibidas, se establecerá un baremo que atenderá
necesariamente a los siguientes criterios:
a) Actuaciones promovidas por ganaderos y/o apicultores a título principal.
b) Actuaciones dentro de municipios con mayor incidencia de daños causados por estas
especies.
c) Actuaciones llevadas a cabo por ganaderos y apicultores jóvenes.

Puntuación:
Considerando los criterios descritos en el punto anterior, la baremación de las solicitudes
presentadas se realizará de la siguiente manera:
a) Ganadero y/o apicultor a título principal (criterio de comprobación de la solicitud única):
5 puntos.
b) Actuaciones dentro de municipios con mayor incidencia de daños causados por estas
especies según la relación recogida en la Convocatoria de ayudas: 5 puntos.
c) Haber sufrido daños acreditados causados por oso y/o lobo durante los últimos 18 meses
anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda: 5 puntos.
d) Que el titular de la explotación a fecha de solicitud cumpla el criterio de agricultor joven
y no lleve más de 5 años instalado desde la fecha de la solicitud de la ayuda: 2 puntos.
e) Ser titular de una explotación ecológica: 1 punto.
f) Explotaciones cuyo titular sea una mujer o estén inscritas en el registro de titularidad
compartida: 1 punto.
g) Ser titular de una explotación situada en Red Natura 2000: 1 punto.

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