AYUDA A LA PRODUCCIÓN LECHERA DE GANADO VACUNO LIGADA A LA TIERRA

  • Las solicitudes se realizan en papel (fuera de la PAC) y deben ser registradas en las Oficinas Comarcales, bien porque se rellenen en UGAM y se registren en las Oficinas Comarcales o bien porque se pida CITA PREVIA directamente en las Oficinas Comarcales para rellenarla y registrarla.
  • Las sociedades no pueden registrar su solicitud en las oficinas comarcales y tienen que hacerlo con certificado digital.
  • El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el próximo 4 de mayo de 2021.

UGAM-COAG.
Os informamos que el pasado 31 de marzo se publicó la orden mediante la que se convocan ayudas para apoyar la producción lechera ligada a la tierra y los pastos.

A continuación resumimos los aspectos más destacados:

BENEFICIARIOS
Los beneficiarios deberán rellenar la solicitud con sus datos personales y el número de cuenta.

Los beneficiarios son los siguientes:
- Las personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes, que sean titulares de una explotación de ganado vacuno inscrita en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas de Cantabria y que entregue leche cruda a la industria registrados y bajo contrato homologado o bien la transforme directamente en la explotación.
- No serán beneficiarios de las presentes ayudas las explotaciones que se dediquen exclusivamente a la recría de terneras de aptitud lechera.
-No podrán haber sido objeto de sanción, con falta grave o muy grave, por incumplimiento de la normativa anteriormente citada, en el año anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, y con la Seguridad Social y con la Hacienda del Gobierno de Cantabria.
-Cumplir ciertos requisitos de higiene de la leche cruda como: No superar 350.000 células somáticas/ml, ni 90.000 gérmenes/ml en las medias mensuales de enero a junio del año de la convocatoria, ausencia de residuos de antibióticos y otros medicamentos en las muestras diarias recogidas entre el 1 de enero y el 30 de junio del año de la convocatoria, identificación correcta del tanque con la etiqueta de Letra Q correspondiente y tener el recinto de la lechería en las condiciones requeridas por la normativa vigente.

CRITERIOS DE CONCESIÓN
-Serán subvencionables las vacas de leche presentes en la explotación a fecha de publicación de la convocatoria, valorado en función de las UGMs calculadas del siguiente modo: 1 UGM cada vacuno mayor de 24 meses; 0,6 UGMs cada vacuno con edad comprendida entre 6 y 24 meses y 0,4 UGMs cada vacuno con edad inferior a 6 meses.

CUANTÍA
Los criterios de cuantificación de esta ayuda serán los siguientes:
—25 euros por UGM, para las explotaciones cuya densidad ganadera sea inferior a 2 UGMs/Ha.
—15 euros por UGM, para las explotaciones cuya densidad ganadera mayor o igual a 2 e inferior a 3 UGMs/Ha.
—10 euros por UGM, para las explotaciones cuya densidad ganadera sea igual o superior a 3 UGMs/Ha.
**La ayuda máxima por explotación no sobrepasará, en ningún caso, la cantidad de 6.000 euros por año.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el próximo 4 de mayo de 2021.
  • Las sociedades no pueden registrar su solicitud en las oficinas comarcales y tienen que hacerlo con certificado digital.
  • EN EL SIGUIENTE ENLACE, PUEDEN DESCARGARSE LA ORDEN COMPLETA JUNTO CON LOS IMPRESOS A RELLENAR. 
https://wapis.ipyme.org/servicioayudas/ayudas/detalle?id=82802&fichero=

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