COAG RECHAZA FRONTALMENTE LA CONVERGENCIA DE LOS DERECHOS DE PAGO BÁSICO ESTABLECIDA EN EL REAL DECRETO SOBRE LA PAC
UGAM-COAG.
* El Real Decreto no responde a criterios redistributivos de carácter social. Ajusta el valor de los derechos pero no el montante de ayudas.
* Asimismo, rechazamos de antemano la pretensión del Ministerio de Agricultura de eliminar los derechos de pago básico y transformarlos en un pago por superficie, prevista para la aplicación de la próxima reforma de la PAC.
* Los derechos deben permanecer asignados a los hombres y mujeres del campo que trabajan como titulares activos del sector agrario y viven de esta actividad.
Ante la publicación en el BOE del Real Decreto 41/2021 para la aplicación de la PAC en España durante las campañas 2021 y 2022, la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) reitera su posición contraria a la aplicación de una convergencia obligatoria de los derechos de pago básico en las campañas 2021 y 2022. Esta organización es partidaria de esperar a poner en marcha esta convergencia al año 2023, coincidiendo con la aplicación de la Reforma de la PAC a través del Plan Estratégico Nacional.
COAG siempre ha apostado por una convergencia progresiva en el marco del nuevo Plan Estratégico Nacional de la reforma PAC en España, manteniendo los derechos individuales de una forma equilibrada dentro de cada región agronómica y a lo largo de todo el período PAC (hasta 2027). Tal como establece el Reglamento de Planes Estratégicos (provisional), esta convergencia debe situarse al menos en el 75% del valor medio de los derechos de cada región. El objetivo debe ser evitar desajustes y distorsiones entre agricultores, sectores y regiones.
COAG ha trasladado este posicionamiento al Ministerio de Agricultura de forma reiterada: a través de las observaciones al Proyecto de Real Decreto enviadas el pasado mes de septiembre, durante las dos últimas reuniones del Comité Asesor Agrario y en las propuestas de Plan Estratégico de la PAC. Lamentablemente no han sido tenidas en cuenta.
Además de desechar estas observaciones, el
MAPA ha privado al sector de la información que permita medir el impacto de
estas decisiones en las explotaciones agrarias.
Una cosa es señalar las diferencias existentes entre la cuantía unitaria
de los derechos dentro de una región y, otra, considerar el impacto que estas
decisiones tienen sobre la renta de explotaciones profesionales con pequeña
base territorial. Pérdida de renta que
es muy significativa en ciertas explotaciones ganaderas y de regadío. En ningún
caso, el citado Real Decreto responde a criterios redistributivos de carácter
social. Ajusta el valor de los derechos pero no el montante de ayudas.
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