AYUDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y PROMOCIÓN DE RAZAS AUTÓCTONAS DE GANADO OVINO-CAPRINO EN CANTABRIA



AYUDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y PROMOCIÓN DE RAZAS AUTÓCTONAS DE GANADO OVINO-CAPRINO EN CANTABRIA
Recordamos la reciente publicación de las ayudas a la conservación y promoción de razas autóctonas de ganado ovino-caprino en Cantabria en el BOC del pasado 20 de marzo.
(Orden MED/3/2019, de 4 de febrero).

BENEFICIARIOS:
 Podrán recibir esta ayuda las explotaciones que mantengan un censo de razas puras de
acuerdo con los requisitos del apartado anterior, siempre y cuando se trate de razas incluidas en el catálogo ofi cial de razas autóctonas de fomento o en peligro de extinción con asociación reconocida en Cantabria y realicen un programa de mejora reconocido ofi cialmente. Además, solo podrán ser elegibles los animales que se hallen inscritos en RIIA (Registro General de Identifi cación Individual de Animales) y en el libro genealógico de la raza pura correspondiente.
3. Solo serán subvencionables los animales inscritos en el registro genealógico correspondiente a fecha de fi nalización del plazo de presentación de solicitudes.

· Persona física o jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Trans-formación (SAT), que sean titulares de una explotación ganadera de ovino o caprino en Cantabria.
· Explotaciones que cumplen la normativa en materia de medio ambiente, higiene, bienestar y sanidad animal e identificación y registro de animales.
· No podrán haber sido objeto de sanción, con falta grave o muy grave, por incumplimiento de la normativa anteriormente citada, en el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
· Estar al corriente de las obligaciones tributarias, y con la Seguridad Social y Hacienda.
· Tener la explotación inscrita en el REGA.
·
CUANTÍA:
Los criterios de cuantificación de esta ayuda serán los siguientes:
—200 euros por cada UGM elegible hasta las diez primeras.
—150 euros por cada UGM elegible desde la undécima hasta la vigésima.
—100 euros por las restantes hasta el límite máximo de ayuda.
La ayuda máxima por explotación no sobrepasará, en ningún caso, la cantidad de 5.000 euros por año.
No se concederá ayuda a solicitudes que no alcancen un mínimo de 14 animales elegibles.
La cuantía total máxima de las ayudas que se convocan asciende a 25.000 euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación es de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC.
Debido al Estado de Alarma por la pandemia de COVID 19, los plazos administrativos están suspendidos hasta nueva orden.






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